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Procedimiento para reclamar daños por la DANA

Si no existe declaración de zona catastrófica, se debe dar parte al seguro de hogar, automóvil o el que proceda, según donde se produzcan los daños, a la mayor brevedad posible

Ante los recientes temporales en el sureste de España te informamos de cómo proceder para reclamar daños materiales y personales, detallando los pasos a seguir y explicando qué implica la declaración de una «zona catastrófica».

  1. Notificación al Seguro:
    • Los afectados deben contactar rápidamente con el seguro de hogar, automóvil, etc., que corresponda, y detallar los daños.
    • Además, se debe informar al Consorcio de Compensación de Seguros para cubrir riesgos extraordinarios, como terremotos o inundaciones atípicas, siempre que estén cubiertos por normativa.
  1. Declaración de Zona Catastrófica:
    • Una zona catastrófica, según la Ley 17/2015 de Protección Civil, es aquella en la que un fenómeno natural o humano ha causado graves daños personales y materiales, afectando condiciones de vida y servicios esenciales.
    • La solicitud la realizan las comunidades autónomas, ayuntamientos o administraciones afectadas, y debe ser evaluada y aprobada mediante Real Decreto por el Gobierno.
    • La declaración se hace en la «fase de recuperación» del desastre, tras las acciones de emergencia.
    • Para conceder esta declaración, se evalúan la magnitud de los daños y el grado de afectación de los servicios públicos y vida cotidiana.
  1. Beneficios de la Declaración:
    • Permite acceder a ayudas estatales para reparar daños materiales, apoyo a empresas y trabajadores (aplazamientos de cuotas de seguridad social), y otros beneficios. No se consideran indemnizaciones, sino ayudas compensatorias.
  1. Procedimiento y Plazos:
    • Los ciudadanos tienen generalmente un mes para solicitar ayudas a través de modelos específicos y documentos probatorios (ej. imágenes de daños).
    • Cada caso y catástrofe puede modificar los plazos y procedimientos específicos.
  1. Tipos de Ayudas:
    • Daños personales, daños en viviendas y enseres, apoyo a establecimientos, exenciones fiscales, y medidas laborales y de Seguridad Social.
    • También incluye ayudas para el sector agrícola, ganadero, forestal, y de acuicultura afectado.
  1. Documentación Necesaria:
    • Para viviendas, se debe incluir prueba de propiedad, evidencia de los daños (fotos, videos), y detalle de seguros existentes, incluyendo documentación de indemnizaciones ya recibidas.

Basado en información de Legálitas

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