¿La nueva Ley de Viajes Combinados entrará en vigor el 1 de julio?
La Unión Europea dictó una Directiva (UE 2015/2302) sobre viajes combinados y servicios de viajes. Entre otras cuestiones, la nueva regulación obliga a las agencias de viajes y operadores turísticos a contar con un aval para responder ante los viajeros. Además, recoge la nueva forma de contratación por Internet, introduce nuevos conceptos y amplia el ámbito de actuación. La Directiva busca incrementar la protección de los viajeros y aumentar la transparencia.
Esta nueva norma es de obligado cumplimiento para todos los estados de la UE. La Directiva deja claramente establecido que la protección al viajero debe ser la misma en todos los países de la UE, por lo que tampoco puede haber diferencias entre comunidades autónomas, siendo el Gobierno Central el que legisle. España tuvo que adecuar la normativa a su legislación y por ello, el Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, aprobó el pasado 23 de marzo el proyecto de Ley de transposición, que se tenía que tramitar por vía de urgencia en el Congreso y Senado. La Ley debería entrar en vigor el 1 de julio de 2018.
A partir de ahí se empezaron a presentar enmiendas, teniéndose que ampliar el plazo hasta 15 veces, siendo válida la última ampliación de enmiendas hasta el 12 de junio de 2018. Ha habido un auténtico revuelo en las asociaciones de agencias de viajes (ACAVe, CEAV, FETAVE) que han presentado diversas enmiendas, así como la propia CEOE y otras entidades.
Algunas de las principales reivindicaciones del sector fue la eliminación de la doble garantía para las AAVV, la de insolvencia y la de correcta prestación de servicios, que va más allá de lo que prevé la Directiva europea; que se respete el plazo de seis meses de adaptación que preveía la Directiva y que ahora está en riesgo por los retrasos sufridos, puesto que la Ley se debería haber aprobado antes del 31 de diciembre de 2017 y en ese caso sí existían los seis meses de adaptación.
Entre los aspectos positivos de la Ley podemos citar la regulación del sector y la esperanza que sirva para la lucha contra las actividades clandestinas de internet, los proveedores on line, que no tienen ningún tipo de control y muchas veces han sido denunciados por las agencias por competencia desleal y actuar fuera del marco legal.
Por ello la Ley regula también una nueva figura, denominada servicios de viaje vinculados, un nuevo modelo empresarial alternativo que a menudo compite con los viajes combinados, que hacía necesaria una nueva regulación para que todas las empresas que tienen actividad en la venta de servicios de viaje compitan en las mismas condiciones y con las mismas garantías. La diferencia con los viajes combinados es que estos se contratan habitualmente con el mismo empresario, mientras que los servicios de viaje vinculados se contratan siempre con diferentes empresarios.
Un ejemplo de ello sería el que, con motivo de una compra de un billete de avión a través de internet, nos envían un enlace con una oferta de un hotel y clicando contratamos una estancia. Sin embargo, el sector reclama la falta de claridad en el redactado de algunos artículos, ya que no siempre será fácil delimitar cuando nos encontramos ante un servicio de viaje vinculado o ante un viaje combinado.
En la página web del Congreso de los Diputados, donde se habla de la Ley, encontramos también la información de cuatro países que ya han llevado a cabo la transposición europea y ya la han incorporado a sus ordenamientos respectivos: Alemania, Bélgica, Francia y Portugal.
Ver el apartado Dosieres del Congreso de los Diputados.
La Ley se encuentra en este momento en su fase de aceptación de enmiendas, cuyo último plazo finaliza el 12 de junio. A partir de ahí, la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales designará una ponencia que redactará un informe, que será deliberado en comisión y posteriormente en el Pleno del Congreso. Después de ello aún faltará la tramitación en el Senado, por lo que la Ley muy difícilmente entrará en vigor el 1 de julio de 2018.