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Entra en vigor la Ley que regula las viviendas turísticas

La Ley de la Vivienda, vigente desde ayer mismo, obliga a todos los inmuebles que se alquilen con finalidad turística a contar con el alta de actividades. Las viviendas ya no se considerarán domicilios particulares y podrán ser inspeccionados por las administraciones.

Buena parte de las viviendas turísticas disponibles en el mercado, lo estaban a través de un intermediario autorizado que cubría las obligaciones legales y tributarias por la actividad económica que comportaba. Ahora, el propietario privado que quiera destinar su vivienda para alquiler turístico, deberá asumir las obligaciones correspondientes, contar con una licencia municipal y someterse a las posibles inspecciones. El propietario será, pues, el principal responsable de la actividad y no los intermediarios o las empresas explotadoras, como sucedía hasta este momento.

Las viviendas registradas pasarán a ser de uso privado a uso turístico y podrán ser inspeccionadas por los ayuntamientos o la Generalitat. El régimen sancionador contempla multas de hasta 90.000 euros en los casos más graves de incumplimiento de la Ley. La Generalitat de Catalunya está trabajando en el reglamento que regulará los detalles que apunta la nueva Ley, pero serán los propios municipios aquellos que determinarán, mediante las ordenanzas, el grado de complejidad y de obligaciones en la concesión de licencias.

Tal y como ya informó COMUNICATUR, el Ayuntamiento de Barcelona será de los primeros en utilizar los mecanismos de control que le confiere la nueva Ley, principalmente para actuar en aquellos casos en que los turistas que alquilan las viviendas por días causan molestias a los vecinos.

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