Propuesta para endurecer la regulación de los apartamentos
El Síndic de Greuges de Cataluña (Defensor del Ciudadano) ha propuesto un régimen de obligaciones y de prohibiciones a los apartamentos de uso turístico que comparten comunidad con pisos familiares. La propuesta se resume en 8 puntos, entre estos, incluye la retirada de la licencia al registrar tres incidencias en un mismo apartamento turístico.
En un comunicado, el Síndic ha manifestado que en los últimos años ha recibido quejas por las molestias causadas por la explotación de viviendas de uso turístico en la ciudad de Barcelona. Comenta que las quejas están ligadas a las conductas de los usuarios, lo que “revela su desprecio a las normas de convivencia y a las normas de régimen interno del inmueble”, y “el hecho que estas viviendas cambien constantemente de inquilinos no contribuye a poner freno a estas situaciones”.
El Síndic cree que la policía debe dar una respuesta rápida a las quejas causadas por los clientes de los apartamentos turísticos, de lo contrario, cualquier regulación que busque evitar estos problemas no será efectiva.
El resumen del régimen de obligaciones y prohibiciones que ha enviado el Síndic a las administraciones competentes es el siguiente:
a) La obligación del explotador del piso a tener un libro –registro y comunicados de entrada de viajeros de acuerdo con la normativa vigente.
b) La prohibición de causar molestias por ruidos al resto de vecinos y el que los responsables del comportamiento de los menores son los padres.
c) La obligación del explotador de la actividad a entregar a los inquilinos un documento que recoja las normas de convivencia de la comunidad de vecinos en la qué se integran.
d) La obligación de los inquilinos a respetar las normas de convivencia y tratar con respeto las instalaciones comunes del inmueble.
e) En función de las molestias causadas, el explotador de la vivienda debe tener el derecho a exigir que los inquilinos abandonen el piso en un plazo máximo de 24 horas.
f) En caso de que el abandono no se haga efectivo, el titular del establecimiento puede disponer de la vivienda y, en caso de que se encuentren las pertenencias del cliente, se retirarán, una vez hecho el inventario y firmado por dos testigos. En caso de que sea necesario, los agentes de la autoridad ofrecerán el auxilio necesario al explotador de la actividad.
g) Si los agentes de la autoridad registran más de tres incidencias causadas por los usuarios de una misma vivienda, con independencia que se trate del mismo usuario o no, se puede iniciar un procedimiento de revocación de la licencia de vivienda de uso turístico.
h) El explotador de la actividad deberá acreditar la contratación de un servicio de atención las 24 horas. Este servicio debería servir para atender de forma efectiva las incidencias de los usuarios o inquilinos, como por ejemplo averías, rotura de cañerías, pérdida de llaves, entre otras. Con respecto a los vecinos afectados, este servicio puede ser un canal adicional, al margen de las reclamaciones que se hagan a la Administración local, para manifestar sus quejas por la conducta de los clientes.